viernes, 10 de febrero de 2017

Condiciones de Aprobación del proyecto sociotecnologico Articulo 19 y 20


Artículo 19: Se considera aprobado el proyecto, cuando el estudiante haya cumplido las siguientes condiciones: 

1. Haber obtenido la calificación mínima de dieciséis (16) puntos al concluir el trayecto. 

2. Presentar ante los evaluadores del proyecto un informe oral y escrito de la sistematizar del desarrollo del mismo. 

Artículo 20: La evaluación del proyecto y demás componentes del Desarrollo Curricular será continua, acumulativa y permanente durante el trayecto de formación. 

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